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presente informe, el Estado señaló que los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y que la participación de las Fuerzas Armadas en el orden público se limita a situaciones de emergencia nacional o de seguridad de la nación. Agregó que todos los componentes de las Fuerzas Armadas tienen entrenamiento especial y cursos de derechos humanos para que sepan cómo tratar a los ciudadanos. La CIDH reitera que en un sistema democrático es fundamental la separación clara y precisa entre la seguridad interior como función de la policía y la defensa nacional como función de las fuerzas armadas, ya que se trata de dos instituciones substancialmente diferentes en cuanto a los fines para los cuales fueron creadas y en cuanto a su entrenamiento y preparación. 34.A este respecto, la Comisión ha tomado nota de la creación de la Milicia Nacional Bolivariana como un cuerpo especial organizado por el Estado venezolano para contribuir en garantizar su independencia y soberanía. Según informó el Estado, a través de la Milicia Nacional Bolivariana ciudadanos reciben entrenamiento militar y luego pueden cooperar con el mantenimiento del orden interno. A juicio de la Comisión, los ciudadanos que reciben entrenamiento militar no deberían ser incorporados a las estrategias de defensa interna. Asimismo, preocupa a la CIDH la vaguedad en la definición de la estructura, funciones y control de estas Milicias. 35.En relación con el uso excesivo de la fuerza estatal, la Comisión recibió con preocupación las cifras producidas por la Defensoría del Pueblo de Venezuela. Durante 2008, la Defensoría afirma haber recibido un total de 134 denuncias por privaciones arbitrarias de la vida a consecuencia de presuntas actuaciones de funcionarios de distintos cuerpos de seguridad del Estado. En sus observaciones al presente informe, el Estado afirmó que no pretende negar que en Venezuela suceden ejecuciones extrajudiciales. La Defensoría también registró un total de 2.197 denuncias vinculadas con vulneración de la integridad personal por funcionarios de seguridad del Estado. xiii Además señala haber recibido 87 denuncias por tortura, y afirma que está dando seguimiento a 33 casos de presuntas desapariciones forzadas ocurridas durante el 2008 y 34 ocurridas durante 2007. 36.De otra parte, los homicidios, los secuestros, el sicariato y la violencia en el campo son los fenómenos que con más frecuencia afectan la seguridad de los ciudadanos en Venezuela. En sus observaciones al presente informe el Estado rechazó las cifras producidas por organizaciones no gubernamentales, pero reconoció que los secuestros y el sicariato han aumentado. Según el Estado, estos crímenes han tenido como víctimas no sólo a campesinos sino también a defensores de derechos humanos, por lo que afirmó que ha redoblado esfuerzos por investigar y castigar estos delitos. 37.A pesar de las dificultades de la Comisión para obtener cifras oficiales sobre la situación de violencia en Venezuela y de la negativa del Estado a proporcionar estas cifras a la Comisión, la información a la que ha tenido acceso la Comisión da cuenta que en el año 2008 ocurrieron un total de 13.780 homicidios en Venezuela, lo que equivale a un promedio de 1.148 homicidios por mes y 38 por día. Entre las víctimas de homicidio se encuentra una cantidad alarmante de niños y adolescentes. Según cifras del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en Venezuela los homicidios representan la principal causa de muerte de los adolescentes varones de entre 15 y 19 años. Sólo en el año 2007 sufrieron una muerte violenta 5.379 niños y adolescentes y un tercio de ese total fue víctima de homicidio. En cuanto a los secuestros, distintas organizaciones coinciden en señalar que entre el 2005 y el 2007 se produjeron más de 200 secuestros por año en Venezuela, mientras que en el 2008 registraron más de 300 casos de secuestro. 38.Además resulta preocupante la persistencia del sicariato en Venezuela, práctica que afecta particularmente a dirigentes sindicales y campesinos. La CIDH nota con preocupación el continuo incremento en el número de líderes sindicales víctimas de atentados y amenazas a su vida e integridad personal. Información recibida por la Comisión hace referencia a que entre 1997 y 2009 se habrían registrado 86 ejecuciones de dirigentes sindicales y 87 ejecuciones de trabajadores en el marco de la violencia sindical, siendo el sicariato el patrón más común para atacar a los dirigentes sindicales. En su informe, la CIDH describe algunos de estos casos y manifiesta con preocupación que la mayoría de ellos ha quedado en la impunidad. 39.De otra parte, según tomó conocimiento la CIDH, la lucha por el derecho a la tierra y ser beneficiario del proceso de reforma agraria que adelanta el gobierno nacional, se ha constituido en un riesgo para la vida e integridad física de los campesinos, especialmente dirigentes agrarios. Organizaciones campesinas han denunciado la muerte de más de 200 personas en el marco de conflictos vinculados con la tierra desde la aprobación de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. 40.Los conflictos vinculados con la propiedad de la tierra también han cobrado víctimas entre los pueblos indígenas, como consecuencia de la falta de demarcación de las tierras ancestrales indígenas por parte del Estado. El retardo con respecto a la obligación del Estado de demarcar las tierras ancestrales es tal que, según información recibida por la CIDH, desde el año 2005 hasta finales del 2008 se habían otorgado únicamente 34 títulos de propiedad, esto es, un 1,6% del total de comunidades habían sido beneficiadas del proceso de demarcación de tierras en Venezuela. Como consecuencia, pueblos indígenas han sido víctimas de un permanente hostigamiento por parte de de aquellos que buscan expulsarlos de las tierras ancestrales que han venido recuperando, quienes en ocasiones actúan con apoyo de fuerzas estatales. 41.El informe de la Comisión también refiere con suma preocupación que en Venezuela grupos de choque como Movimiento Tupamaro, Colectivo La Piedrita, Colectivo Alexis Vive, Unidad Popular Venezolana y Grupo Carapaica están actuando de forma violenta en con la participación o tolerancia de agentes estatales. Estos grupos cuentan con entrenamiento similar al policial o militar y han tomado el control de zonas urbanas populares. La CIDH recibió alarmante xiv información según la cual estos grupos violentos tienen una estrecha relación con los cuerpos policiales y en ocasiones utilizan sus recursos. Por su parte, el Estado ha señalado a la Comisión que en Venezuela los grupos irregulares existen, de lado y lado. A juicio de la Comisión, la ausencia de una respuesta efectiva de los órganos encargados de prevenir, investigar y sancionar este tipo de hechos, deviene en una situación de impunidad respecto de las violaciones de los derechos protegidos por la Convención Americana. 42.A través del presente informe la Comisión también continúa su seguimiento a la alarmante situación de violencia en las cárceles venezolanas. La Comisión mira positivamente reformas legislativas adoptadas por el Estado para enfrentar el hacinamiento a través de normas que garantizan mayor celeridad en los procesos penales. Adicionalmente, la CIDH valora la implementación de acciones y políticas concretas que han tenido un impacto inmediato en la situación de riesgo en que se encuentran las personas privadas de libertad en Venezuela, en particular a partir de la implementación del Plan de Humanización del Sistema Penitenciario desde el año 2005. 43.No obstante, estas normas y políticas no han sido suficientes para evitar que al interior de las cárceles venezolanas continúen ocurriendo hechos violentos que han cobrado la vida de miles de personas en los últimos años, y causado heridas en otras miles. De acuerdo con información recibida por la Comisión, desde 1999 hasta 2008 habrían fallecido 3.664 personas y 11.401 habrían resultado heridas en los centros de privación de libertad de Venezuela. Sólo en noviembre de 2009 la Comisión solicitó a la Corte Interamericana medidas provisionales en relación con dos casos de presuntas desapariciones forzadas de personas que se encontraban privadas de su libertad, bajo la custodia del Estado. A pesar de la vigencia de las medidas provisionales dictadas por la Cote, hasta la fecha del presente informe se desconoce su paradero. También a solicitud de la CIDH la Corte Interamericana ha adoptado medidas provisionales a favor de cuatro centros penitenciaros en Venezuela, solicitando al Estado la aplicación de medidas para evitar daños irreparables a las personas privadas de libertad en dichos centros luego de que ocurrieran hechos violentos en los cuales cientos de personas perdieron la vida y otras cientos resultaron heridas. La Comisión nota con suma preocupación que, pese a la vigencia de medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana respecto de varios centros penitenciarios en Venezuela, dichos centros siguen presentando hechos de violencia con pérdida de vidas y lesiones a la integridad personal. 44.Además de las violaciones a los derechos a la vida e integridad personal de las personas bajo custodia del Estado, la Comisión señala que entre los principales problemas que afectan a más de 22.000 personas privadas de su libertad en Venezuela se encuentran el retardo procesal, el hacinamiento, la ausencia de servicios básicos en las cárceles, la falta de separación entre procesados y condenados y la presencia de armas en los centros de privación de libertad. Asimismo, tomando en consideración que la prisión preventiva es la medida más severa que se puede aplicar contra el imputado de un delito, la Comisión mira con preocupación que más del 65% de las personas privadas de su libertad en Venezuela no cuenten con una condena firme. 45.El presente informe también refiere que si bien Venezuela ha avanzado en términos del reconocimiento jurídico de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, así como también en el ámbito de la participación política de la mujer en los asuntos públicos, las leyes y políticas adelantadas por el Estado no han sido efectivas al momento de garantizar los derechos de las mujeres, particularmente su derecho a vivir libres de violencia. La Comisión observa que todavía subsisten en el Código Penal normas que afectan el derecho a la igualdad de las mujeres y que permiten que crímenes violentos cometidos en su contra permanezcan en impunidad siempre y cuando el ofensor contraiga matrimonio con la víctima. Así también, información recibida por la Comisión destaca que en Venezuela estarían ocurriendo alrededor de 100 casos por día relativos a violencia de género. La CIDH también fue informada que en casi el 70% de los casos las mujeres que luchan en contra de la impunidad se topan con situaciones de hostigamientos y amenazas. La xv información oficial sobre esta problemática no está disponible y las cifras enviadas por el Estado en el 2009 en respuesta a la solicitud de la Comisión corresponden al año 2002. 46.La Comisión observa en su informe que la impunidad es una característica común que afecta por igual a los casos de represalia contra el disenso, de ataques contra defensores de derechos humanos y contra periodistas, de uso excesivo de la fuerza en el marco de protestas pacíficas, de abusos de la fuerza estatal, de criminalidad común y organizada, de violencia en las cárceles, de violencia contra la mujer, así como también a otras graves violaciones de derechos humanos. 47.De otra parte, en el presente informe la Comisión destaca los importantes logros del Estado venezolano en materia de derechos económicos, sociales y culturales, tanto a partir del reconocimiento jurídico de la exigibilidad de los derechos a la educación, la salud, la vivienda, la seguridad social universal, entre otros, como también de la implementación de políticas y medidas dirigidas a subsanar las falencias que aquejan a vastos sectores de la población venezolana. La Comisión resalta que el Estado ha alcanzado la alfabetización de la mayoría de la sociedad, la reducción de la pobreza y de la pobreza extrema, la ampliación de la cobertura en la salud a favor de los sectores más vulnerables, la disminución del desempleo, la reducción de la tasa de mortalidad infantil y el incremento en el acceso de los venezolanos a los servicios públicos básicos. 48.La CIDH valora también que Venezuela ha sido uno de los países que más ha avanzado en cumplir las metas del milenio. También ha alcanzado una importante reducción de la brecha entre los grupos extremos de la distribución, al punto que este país registra actualmente el |