 Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas 2003 ( Disposición Vigente )

| Version vigente de: 1/11/2015 a: 1/10/2016
Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas 2003
Ley 33/2003, de 3 noviembre
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PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
JEFATURA DEL ESTADO
BOE 4 noviembre 2003, núm. 264, [pág. 38924].
SUMARIO
- Sumario
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales [arts. 1 a 14]
- CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación [arts. 1 a 2]
- Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2. Ámbito de aplicación
- CAPÍTULO II. Patrimonio de las Administraciones públicas [arts. 3 a 8]
- Artículo 3. Concepto
- Artículo 4. Clasificación
- Artículo 5. Bienes y derechos de dominio público o demaniales
- Artículo 6. Principios relativos a los bienes y derechos de dominio público
- Artículo 7. Bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales
- Artículo 8. Principios relativos a los bienes y derechos patrimoniales
- CAPÍTULO III. Patrimonio del Estado [arts. 9 a 14]
- Artículo 9. Concepto
- Artículo 10. Competencias
- Artículo 11. Desconcentración y avocación de competencias
- Artículo 12. Actuación frente a terceros
- Artículo 13. Coordinación
- Artículo 14. Colaboración
- TÍTULO I. Adquisición de bienes y derechos [arts. 15 a 27]
- CAPÍTULO ÚNICO [arts. 15 a 27]
- Artículo 15. Modos de adquirir
- Artículo 16. Carácter patrimonial de los bienes adquiridos
- Artículo 17. Inmuebles vacantes
- Artículo 18. Saldos y depósitos abandonados
- Artículo 19. Adquisiciones a título oneroso
- Artículo 20. Normas especiales para las adquisiciones hereditarias
- Artículo 20 bis. Procedimiento para la declaración de la Administración del Estado como heredera abintestato
- Artículo 20 ter. Efectos de la declaración de heredero abintestato
- Artículo 20 quater. Liquidación del caudal hereditario
- Artículo 21. Adquisiciones a título gratuito
- Artículo 22. Prescripción adquisitiva
- Artículo 23. Ocupación
- Artículo 24. Adquisiciones derivadas del ejercicio de la potestad expropiatoria
- Artículo 25. Adjudicación de bienes y derechos en procedimientos de ejecución
- Artículo 26. Adjudicaciones de bienes y derechos en otros procedimientos judiciales o administrativos
- Artículo 27. Toma de posesión de los bienes adjudicados
- TÍTULO II. Protección y defensa del patrimonio [arts. 28 a 64]
- CAPÍTULO I. De la obligación de proteger y defender el patrimonio [arts. 28 a 29]
- Artículo 28. Extensión
- Artículo 29. Deber de custodia
- CAPÍTULO II. De las limitaciones a la disponibilidad de los bienes y derechos [arts. 30 a 31]
- Artículo 30. Régimen de disponibilidad de los bienes y derechos
- Artículo 31. Transacción y sometimiento a arbitraje
- CAPÍTULO III. Del inventario patrimonial [arts. 32 a 35]
- Artículo 32. Obligación de formar inventario
- Artículo 33. Estructura y organización del Inventario General de Bienes y Derechos del Estado
- Artículo 34. Formación y actualización del Inventario General de Bienes y Derechos del Estado
- Artículo 35. Control de la inscripción en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado
- CAPÍTULO IV. Del régimen registral [arts. 36 a 40]
- Artículo 36. Obligatoriedad de la inscripción
- Artículo 37. Título inscribible
- Artículo 38. Comunicación de ciertas inscripciones
- Artículo 39. Promoción de la inscripción
- Artículo 40. Aranceles aplicables por los registradores de la propiedad
- CAPÍTULO V. De las facultades y prerrogativas para la defensa de los patrimonios públicos [arts. 41 a 60]
- SECCIÓN 1ª. Normas Generales [arts. 41 a 44]
- Artículo 41. Facultades y prerrogativas
- Artículo 42. Adopción de medidas cautelares
- Artículo 43. Régimen de control judicial
- Artículo 44. Comunicación de hechos punibles
- SECCIÓN 2ª. De la Investigación de Bienes y Derechos [arts. 45 a 49]
- Artículo 45. Facultad de investigación
- Artículo 46. Órganos competentes
- Artículo 47. Procedimiento de investigación
- Artículo 48. Premio por denuncia
- Artículo 49. Asignación de fincas de reemplazo en procedimientos de concentración parcelaria
- SECCIÓN 3ª. Del Deslinde [arts. 50 a 54]
- Artículo 50. Potestad de deslinde
- Artículo 51. Órganos competentes
- Artículo 52. Procedimiento de deslinde
- Artículo 53. Inscripción
- Artículo 54. Sobrantes de deslindes de dominio público
- SECCIÓN 4ª. De la Recuperación de la Posesión de los Bienes y Derechos del Patrimonio [arts. 55 a 57]
- Artículo 55. Potestad de recuperación posesoria
- Artículo 56. Ejercicio de la potestad de recuperación
- Artículo 57. Órganos competentes
- SECCIÓN 5ª. Del Desahucio Administrativo [arts. 58 a 60]
- Artículo 58. Potestad de desahucio
- Artículo 59. Ejercicio de la potestad de desahucio
- Artículo 60. Órganos competentes
- CAPÍTULO VI. De la cooperación en la defensa de los patrimonios públicos [arts. 61 a 64]
- Artículo 61. Colaboración del personal al servicio de la Administración
- Artículo 62. Colaboración ciudadana
- Artículo 63. Notificación de determinados actos y contratos
- Artículo 64. Facilitación de información
- TÍTULO III. De los bienes y derechos públicos [arts. 65 a 83]
- CAPÍTULO I. Afectación, desafectación y mutación de destino de los bienes y derechos [arts. 65 a 72]
- Artículo 65. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público
- Artículo 66. Forma de la afectación
- Artículo 67. Afectaciones concurrentes
- Artículo 68. Procedimiento para la afectación de bienes y derechos
- Artículo 69. Desafectación de los bienes y derechos de dominio público
- Artículo 70. Procedimiento para la desafectación de los bienes y derechos demaniales
- Artículo 71. Mutaciones demaniales
- Artículo 72. Procedimiento para la mutación demanial
- CAPÍTULO II. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos [arts. 73 a 79]
- Artículo 73. Adscripción
- Artículo 74. Procedimiento para la adscripción
- Artículo 75. Carácter finalista de la adscripción
- Artículo 76. Competencias de los organismos públicos en relación con los bienes adscritos
- Artículo 77. Desadscripción por incumplimiento del fin
- Artículo 78. Desadscripción por innecesariedad de los bienes
- Artículo 79. Recepción de los bienes
- CAPÍTULO III. Incorporación al patrimonio de la Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos [arts. 80 a 81]
- Artículo 80. Supuestos de incorporación
- Artículo 81. Procedimiento para la incorporación de bienes
- CAPÍTULO IV. Publicidad del tráfico jurídico de los bienes y derechos [arts. 82 a 83]
- Artículo 82. Constancia en el inventario
- Artículo 83. Régimen de publicidad registral
- TÍTULO IV. Uso y explotación de los bienes y derechos [arts. 84 a 109]
- CAPÍTULO I. Utilización de los bienes y derechos de dominio público [arts. 84 a 104]
- SECCIÓN 1ª. Disposición General [art. 84]
- Artículo 84. Necesidad de título habilitante
- SECCIÓN 2ª. Utilización de los Bienes destinados al Uso General [arts. 85 a 86]
- Artículo 85. Tipos de uso de los bienes de dominio público
- Artículo 86. Títulos habilitantes
- SECCIÓN 3ª. Utilización de los Bienes y Derechos destinados a un Servicio Público [arts. 87 a 90]
- Artículo 87. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos reglados
- Artículo 88. Bienes destinados a otros servicios públicos
- Artículo 89. Ocupación de espacios en edificios administrativos
- Artículo 90. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados o adscritos
- SECCIÓN 4ª. Autorizaciones y Concesiones Demaniales [arts. 91 a 104]
- Artículo 91. Condiciones de las autorizaciones y concesiones
- Artículo 92. Autorizaciones
- Artículo 93. Concesiones demaniales
- Artículo 94. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales
- Artículo 95. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones
- Artículo 96. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones en régimen de concurrencia
- Artículo 97. Derechos reales sobre obras en dominio público
- Artículo 98. Transmisión de derechos reales
- Artículo 99. Titulización de derechos de cobro
- Artículo 100. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales
- Artículo 101. Destino de las obras a la extinción del título
- Artículo 102. Liquidación de concesiones y autorizaciones sobre bienes desafectados
- Artículo 103. Derecho de adquisición preferente
- Artículo 104. Reservas demaniales
- CAPÍTULO II. Aprovechamiento y explotación de los bienes y derechos patrimoniales [arts. 105 a 109]
- Artículo 105. Órganos competentes
- Artículo 106. Contratos para la explotación de bienes patrimoniales
- Artículo 107. Procedimiento de adjudicación
- Artículo 108. Frutos y rentas patrimoniales
- Artículo 109. Administración y explotación de propiedades incorporales
- TÍTULO V. Gestión patrimonial [arts. 110 a 154]
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales [arts. 110 a 114]
- Artículo 110. Régimen jurídico de los negocios patrimoniales
- Artículo 111. Libertad de pactos
- Artículo 112. Expediente patrimonial
- Artículo 113. Formalización
- Artículo 114. Tasaciones periciales e informes técnicos
- CAPÍTULO II. Adquisiciones a título oneroso [arts. 115 a 121]
- Artículo 115. Negocios jurídicos de adquisición
- Artículo 116. Procedimiento de adquisición de inmuebles o derechos sobre los mismos
- Artículo 117. Adquisición de edificios en construcción
- Artículo 118. Adquisición de bienes inmuebles en el extranjero
- Artículo 119. Adquisición de bienes por reducción de capital o fondos propios
- Artículo 120. Adquisición de bienes muebles
- Artículo 121. Adquisición de derechos de propiedad incorporal
- CAPÍTULO III. Arrendamiento de inmuebles [arts. 122 a 128]
- Artículo 122. Arrendamiento de inmuebles por la Administración General del Estado
- Artículo 123. Arrendamiento de inmuebles por organismos públicos
- Artículo 124. Procedimiento para el arrendamiento de inmuebles
- Artículo 125. Arrendamiento de parte del derecho de uso o utilización compartida de inmuebles
- Artículo 126. Utilización del bien arrendado
- Artículo 127. Resolución anticipada del contrato
- Artículo 128. Contratos mixtos
- CAPÍTULO IV. Conservación de los bienes [arts. 129 a 130]
- Artículo 129. Conservación de los bienes y derechos demaniales
- Artículo 130. Conservación de los bienes y derechos patrimoniales
- CAPÍTULO V. Enajenación y gravamen [arts. 131 a 152]
- SECCIÓN 1ª. Normas Generales [arts. 131 a 134]
- Artículo 131. Bienes y derechos enajenables
- Artículo 132. Negocios jurídicos de enajenación
- Artículo 133. Ingresos por enajenaciones
- Artículo 134. Aplazamiento de pago
- SECCIÓN 2ª. Enajenación de Inmuebles [arts. 135 a 141]
- Artículo 135. Competencia
- Artículo 136. Trámites previos a la enajenación
- Artículo 137. Formas de enajenación
- Artículo 138. Procedimiento de enajenación
- Artículo 139. Aportación a juntas de compensación
- Artículo 140. Enajenación de inmuebles litigiosos
- Artículo 141. Enajenación de bienes inmuebles en el extranjero
- SECCIÓN 3ª. Enajenación de Muebles [arts. 142 a 143]
- Artículo 142. Competencia
- Artículo 143. Procedimiento
- SECCIÓN 4ª. Enajenación de Derechos de Propiedad Incorporal [art. 144]
- Artículo 144. Enajenación de derechos de propiedad incorporal
- SECCIÓN 5ª. Cesión Gratuita de Bienes o Derechos [arts. 145 a 151]
- Artículo 145. Concepto
- Artículo 146. Competencia
- Artículo 147. Cesión de bienes de los organismos públicos
- Artículo 148. Vinculación al fin
- Artículo 149. Procedimiento
- Artículo 150. Resolución
- Artículo 151. Publicidad de la cesión
- SECCIÓN 6ª. Gravamen de los bienes y derechos [art. 152]
- Artículo 152. Imposición de cargas y gravámenes
- CAPÍTULO VI. Permuta de bienes y derechos [arts. 153 a 154]
- Artículo 153. Admisibilidad
- Artículo 154. Procedimiento para la permuta de bienes y derechos
- TÍTULO VI. Coordinación y optimización de la utilización de los edificios administrativos [arts. 155 a 165]
- CAPÍTULO I. Normas generales [arts. 155 a 156]
- Artículo 155. Edificios administrativos
- Artículo 156. Principios de la gestión de los edificios administrativos
- CAPÍTULO II. Órganos de coordinación [arts. 157 a 159]
- Artículo 157. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas
- Artículo 158. Comisión de Coordinación financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales
- Artículo 159. Delegados del Gobierno y Subdelegados del Gobierno
- CAPÍTULO III. Actuaciones de optimización [arts. 160 a 165]
- Artículo 160. Concepto de optimización
- Artículo 161. Programas de actuación
- Artículo 162. Planes de optimización
- Artículo 163. Potestades de la Dirección General del Patrimonio del Estado
- Artículo 164. Subordinación de la gestión inmobiliaria a la ejecución de los planes
- Artículo 165. Verificación de proyectos de obras
- TÍTULO VII. Patrimonio empresarial de la Administración General del Estado [arts. 166 a 182]
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales [arts. 166 a 175]
- Artículo 166. Ámbito de aplicación
- Artículo 167. Régimen patrimonial
- Artículo 168. Reestructuración del sector público empresarial
- Artículo 169. Competencias del Consejo de Ministros
- Artículo 170. Competencias del Ministerio de Hacienda
- Artículo 171. Adquisición de títulos valores
- Artículo 172. Constitución y disolución de sociedades
- Artículo 173. Administración de los títulos valores
- Artículo 174. Competencia para la enajenación de títulos representativos de capital
- Artículo 175. Procedimiento para la enajenación de títulos representativos de capital
- CAPÍTULO II. Disposiciones especiales para las sociedades a que se refiere el artículo 166.2 de esta Ley [arts. 176 a 182]
- Artículo 176. Ministerio de tutela
- Artículo 177. Relaciones de la Administración General del Estado con las sociedades a que se refiere el artículo 166.2 de esta Ley
- Artículo 178. Instrucciones
- Artículo 179. Responsabilidad
- Artículo 180. Administradores
- Artículo 181. Presidente y Consejero Delegado
- Artículo 182. Especialidades en las aportaciones no dinerarias
- TÍTULO VIII. Relaciones interadministrativas [arts. 183 a 191]
- CAPÍTULO I. Normas generales [arts. 183 a 185]
- Artículo 183. Principios de las relaciones entre las Administraciones públicas
- Artículo 184. Conferencia Sectorial de Política Patrimonial
- Artículo 185. Iniciativa de las Administraciones para la gestión de bienes públicos
- CAPÍTULO II. Convenios entre Administraciones públicas [arts. 186 a 188]
- Artículo 186. Convenios patrimoniales y urbanísticos
- Artículo 187. Libertad de estipulaciones
- Artículo 188. Competencia
- CAPÍTULO III. Régimen urbanístico y gestión de los bienes públicos [arts. 189 a 191]
- Artículo 189. Comunicación de actuaciones urbanísticas
- Artículo 190. Ejecución del planeamiento
- Artículo 190 bis. Régimen urbanístico de los inmuebles afectados
- Artículo 191. Régimen urbanístico de los inmuebles desafectados
- TÍTULO IX. Régimen sancionador [arts. 192 a 197]
- CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones [arts. 192 a 194]
- Artículo 192. Infracciones
- Artículo 193. Sanciones
- Artículo 194. Prescripción
- CAPÍTULO II. Normas procedimentales [arts. 195 a 197]
- Artículo 195. Órganos competentes
- Artículo 196. Procedimiento sancionador
- Artículo 197. Ejecución de las sanciones
- Disposición adicional primera. Régimen patrimonial de los órganos constitucionales del Estado
- Disposición adicional segunda. Régimen jurídico del Patrimonio Sindical Acumulado
- Disposición adicional tercera. Régimen jurídico del Patrimonio de la Seguridad Social
- Disposición adicional cuarta. Régimen jurídico del Patrimonio Nacional
- Disposición adicional quinta. Régimen patrimonial de determinados organismos públicos
- Disposición adicional sexta. Régimen patrimonial del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas
- Disposición adicional séptima. Bienes afectados al Ministerio de Defensa y Fuerzas Armadas
- Disposición adicional octava. Bienes afectados al Ministerio del Interior
- Disposición adicional novena . Ejecución del programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado
- Disposición adicional décima . Régimen jurídico de la «Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, Sociedad Anónima»
- Disposición adicional undécima. Actualización de cuantías
- Disposición adicional duodécima. Subrogación del usuario a efectos de contratos de seguro y responsabilidad civil
- Disposición adicional decimotercera. Viviendas oficiales
- Disposición adicional decimocuarta. Bienes del Patrimonio Histórico Español
- Disposición adicional decimoquinta. Sistemas especiales de gestión
- Disposición adicional decimosexta. Informes de la Dirección General del Patrimonio del Estado
- Disposición adicional decimoséptima. Bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados
- Disposición adicional decimoctava. Gestión de la cartera de inversiones financieras y materiales de determinados organismos públicos
- Disposición adicional decimonovena. Gestión del Patrimonio de la Vivienda
- Disposición adicional vigésima. Régimen patrimonial de SEPES
- Disposición adicional vigesimoprimera. Bienes de determinadas entidades públicas
- Disposición adicional vigesimosegunda. Régimen de incorporación de bienes en determinados organismos públicos
- Disposición adicional vigésima tercera . Régimen patrimonial de los Consorcios de Zona Franca
- Disposición adicional vigésima cuarta . Sucesión abintestato del Hospital de Nuestra Señora de Gracia de Zaragoza
- Disposición adicional vigésima quinta . Sucesión abintestato de las Diputaciones forales de los territorios históricos del País Vasco
- Disposición adicional vigésima sexta . Programa para la Mejora de las Condiciones Educativas de las Personas con Discapacidad
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes
- Disposición transitoria segunda. Aplicabilidad del artículo 21.4 de esta Ley a donaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
- Disposición transitoria quinta. Inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes demaniales
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa
- Disposición final primera. Modificación de los artículos 48 y 56 y disposición adicional duodécima de la Ley 6/1997, de 14 de abril (RCL 1997, 879), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
- Disposición final segunda. Títulos competenciales
- Disposición final tercera. Carácter básico de las normas de desarrollo
- Disposición final cuarta. Competencias de gestión de los bienes de dominio público
- Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario
- Disposición final sexta. Entrada en vigor
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