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11.2. LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812. Consecuencia del proceso revolucionario iniciado a raíz de las abdicaciones de Bayona, se convocan Cortes, cuya primera sesión constituyente se celebra el 24 de septiembre de 1810; el primer decreto que promulga establece:
1. Composición y corrientes ideológicas. La composición de las cortes es importante para comprender el carácter de la Constitución; en ellas dominan las clases medias urbanas consecuencia de la propia guerra que dificulta la llegada de representantes del interior y del ambiente liberal-burgués dominante en la ciudad de Cádiz.
Se establecen tres corrientes ideológicas:
2. Labor legislativa de las Cortes. La obra legislativa de las Cortes fue ingente y supuso una ruptura radical con los principios hasta entonces vigentes, entre sus medidas destacamos:
3. LA CONSTITUCIÓN DE 1812. Las cortes de Cádiz promulgarán el 19 de marzo de 1912 la primera constitución española (llamada “La Pepa” por promulgarse el día de San José), que implanta un sistema liberal. Sus principios más importantes son: 1. Contenidos y carácter: 1.1. Sujeto de la soberanía: se define como nacional (el poder reside en el pueblo). El propio, por tanto del liberalismo. 1.2. Procedimiento electoral y % de población con derecho al voto: Se establece el sufragio universal, masculino e indirecto (en cuatro grados o fases sucesivas: parroquia, partido, provincia y Estado). 1.3. Derechos y libertades. Garantías: aunque no incluye una declaración expresa de derechos del hombre, a lo largo de su articulado se reconocen los derechos individuales básicos, típicamente liberales: La libertad (de imprenta, de sufragio), la igualdad (tanto jurídica como fiscal), la protección de la propiedad, etc. En este apartado cabe señalar que no se reconoce la libertad religiosa, estableciéndose el catolicismo como la religión única y oficial del estado. Es el elemento más conservador de la constitución. (Era el gran caballo de batalla de los absolutistas, recordar igualmente el abultado número de representantes del clero). 1.4. División y relación de poderes: Se estructura el nuevo estado como una monarquía limitada (no absolutista) con división de poderes: Legislativo (Rey y Cortes); Ejecutivo (Rey) y Judicial.
Para ser diputado hay que tener más de 25 años y poseer una renta anual proporcionada. Serían elegidos por dos años. Las cortes deberían reunirse a fecha fija al menos tres meses consecutivos al año.
Se establece una monarquía parlamentaria, es decir, el rey es responsable ante la ley y su poder es restringido o limitado, ya que no puede impedir, suspender ni disolver la reunión de Cortes, ausentarse del reino sin su consentimiento, imponer contribuciones, ni contraer matrimonio sin previa consulta, entre otras cuestiones.
2. Otros aspectos: Establece un sistema monárquico parlamentario y unitario. Carácter ideológico: Progresista, paradigma del liberalismo. Creación de la Milicia Nacional, cuerpo de civiles armados para la defensa del sistema constitucional. 3. Vigencia e implicación social: Estará vigente durante tres cortos periodos:
En cuanto a sus características, significación y trascendencia cabe señalar:
Todas las medidas establecidas en Cádiz, junto con la Constitución, apenas llegaron a aplicarse debido a la situación de guerra, pero fueron, durante décadas, el programa de los liberales españoles. Si hay tiempo, el tema puede iniciarse con el último punto del anterior (los comienzos de la revolución liberal), excluyendo el modelo francés. 11.3. FERNANDO VII: ABSOLUTISMO Y LIBERALISMO. LA EMANCIPACIÓN DE LA AMÉRICA ESPAÑOLA. 1. Introducción: El reinado de Fernando VII se corresponde en Europa con el periodo de la Restauración (tras la caída de Napoleón, los monarcas europeos vuelven a sus tronos y restablecen los sistemas absolutistas y el Antiguo Régimen). Al igual que en el resto de Europa la vuelta de Fernando VII supuso la vuelta al viejo sistema. Durante su reinado se diferencian claramente tres etapas. 2. Etapas: 2.1. La Restauración Absolutista (1814-1820). Nada más arribar a las costas españolas (Valencia), el Rey recibe presiones por parte de los grupos conservadores para anular la Constitución y disolver las Cortes; la acción más relevante de estos grupos fue el llamado “Manifiesto de los Persas”, un documento firmado por varios diputados (69) en el que se solicitaba el restablecimiento del absolutismo. Este manifiesto justifica el Decreto de Valencia (Mayo de 1814) que supuso un verdadero golpe de Estado al anular todas las reformas de Cádiz. La restauración fue completa: se restaura la Inquisición, la Mesta, los gremios, el régimen señorial, las instituciones feudales, se estableció la devolución de los bienes desamortizados… lo único que se mantiene es la abolición de los derechos jurisdiccionales en los señoríos. Además, este periodo se caracteriza por:
2.2. El Trienio Liberal (1820-23). Tras varias sublevaciones fracasadas fundamentalmente por la falta de apoyos populares (Juan Díaz Porlier en La Coruña en 1815 y el general Luis Lacy en Cataluña en 1817), la protagonizada en Cádiz por el oficial Rafael del Riego en Cabezas de San Juan, en enero de 1820 triunfa y se generaliza por el resto de España. La situación obligó a Fernando VII a jurar la Constitución de 1812. (El éxito de la revolución de 1820, no debemos encontrarla en la buena organización y planificación del golpe, sino en la extrema debilidad del régimen y en que esta vez el movimiento fue apoyado por las ciudades del norte, fundamentalmente por Galicia). Con ello se produce la vuelta al nuevo régimen, es decir se restablece la legislación de Cádiz (supresión del régimen señorial, de la inquisición, convocatoria de elecciones, creación de la Milicia Nacional, libertad para los presos políticos y vuelta a sus cargos de las autoridades constitucionales en ayuntamientos y diputaciones provinciales). Los políticos del Trienio se enfrentan a una serie de problemas:
Finalmente, el régimen del Trienio será derrocado por la intervención extranjera, consecuencia del sistema de la restauración en Europa (que preveía ayuda a los monarcas absolutos en peligro por la revolución). Francia será la encargada de organizar una expedición al mando del Duque de Angulema, conocida como los Cien Mil hijos de San Luís, que penetró en España en abril de 1823 y ocupó el territorio nacional con el apoyo de las tropas realistas. La resistencia fue escasa. El gobierno falto de apoyo popular se vio obligado a capitular. En Junio las Cortes marchan a Cádiz y ante la negativa del rey le declaran mentalmente incapacitado. Resisten hasta septiembre decidiendo liberar al rey, el 1 de octubre se restaura el poder absoluto. 2.3 La Década absolutista (ominosa) (1823-33). Esta etapa se caracteriza por:
3. La emancipación de la América española. La emancipación de las colonias americanas la protagonizaron fundamentalmente los criollos (descendientes de españoles, nacidos en América; ricos propietarios y comerciantes). Aunque los blancos representaban apenas la quinta parte de la población, constituían el grupo dominante y, dentro de él, los criollos eran la inmensa mayoría; el resto de los blancos eran peninsulares. Las capas sociales inferiores (integradas por indios, negros y mestizos) no se identificaban con el independentismo; combatieron indistintamente en un bando o en otro. Las causas pueden reducirse a:
El conflicto fue largo y complejo, pues se prolongó desde 1808 hasta 1825 y estuvo vinculado a las vicisitudes de la metrópoli (guerra de independencia, restauración absolutista, trienio liberal). En función de ello se diferencian sus etapas. a) Primera etapa (1808-1815): La guerra de independencia permitió la puesta en marcha del proceso de emancipación de las colonias americanas. En un principio América reaccionó ante la invasión francesa proclamando su lealtad a Fernando VII y creando Juntas, como en la península. Sin embargo en el seno de estas juntas se gestó el movimiento insurreccional, ya que en ellas el elemento criollo desplaza al peninsular. Entre abril y agosto de 1810 varias juntas se proclaman independientes. La Restauración de Fernando VII cierra esta etapa; el rey en un esfuerzo desmesurado envió un ejército de 10.000 hombres, y se restablece el poder español en todas partes excepto en el virreinato del Río de la Plata (actuales Argentina y Uruguay). b) Segunda etapa (1816-1824): En esta fase se consuma el proceso de independencia en el que sobresalen dos grandes libertadores José de San Martín (desde Argentina, atraviesa los Andes y ocupa Chile) y Simón Bolívar (desde el norte, consigue la independencia de Colombia, Venezuela, Panamá y Ecuador). Ambos convergen hacia el Perú que, junto con México, fue el foco de mayor resistencia. Esta vez Fernando VII no puede enviar tropas, puesto que se sublevan en Cádiz (pronunciamiento de Riego 1820). Las tropas españolas serán finalmente derrotadas en la batalla de Ayacucho (1824) El caso de México (Nueva España) fue diferente: el movimiento, acaudillado por los curas Hidalgo y Morelos, tuvo un carácter social (se demanda el fin de la esclavitud y reparto de tierras), y fue rápidamente reprimido. En 1820 el criollo realista Agustín de Iturbide proclamó la independencia. En 1925, toda América latina excepto Cuba y Puerto Rico serán independientes. Balance:
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